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COMISIÓN INDUSTRIAL DE ILLINOIS

Los Beneficios

Cuando usted haya establecido que tiene una lesión que surgió en su trabajo ó durante la jornada laboral, usted tiene el derecho a 3 beneficios: Trato Médico, Compensación Semanal por tiempo perdido e Incapacidad Parcial Permanente.

Beneficios Medicos: Un empleador es requerido de pagar tratamiento médico que sea necesario y razonable para curar cualquier enfermedad que sea affectada por una lesión. No se requiere que el trabajador haga algun co-pago o pagar algún deducible en conexión con una lesión de trabajo. Además, el empleado tiene el derecho de escoger su propio doctor. Sin embargo, la elección del doctor es limitada. Una persona tiene el derecho de escoger 2 doctores y sus referencias para el tratamiento al costo del empleador.

Incapacidad Parcial Permanente: Hay diferentes tipos de Incapacidad Parcial Permanente. En el caso de que una persona tenga una lesión pero puede volver trabajar en toda su capacidad, la lesión es reconocida como una pérdida del porcentaje del uso de la parte del cuerpo y se muestra en la siguiente tabla.

  

 

PARTE DEL CUERP     %PERDIDA DE USO          PARTE DEL CUERPO              % PERDIDA DE USO

Desfiguración

Pulgar

Primer dedo (índice)

Segundo dedo (corazón)

Tercer dedo (anular)

Cuarto dedo (meñique)

Dedo Gordo del pie

Cualquier otro dedo del pie

Mano

Brazo

      Amputación arriba del codo

      Amputación en la articulación del

      Hombro

162

76 

43

38

27

22

38

13

205

253

270

323

Pie

Pierna

      Amputacióón arriba de la rodilla

      Amputación en la articulación de la cadera

Ojo

      Exctracción del ojo

Pérdida de audición de un oído

Pérdida de audición de los dos oidos

Testículo - 1

Testículo - 2

Todo el cuerpo

167

215

242

296

162

173

54 

215

54

162

500

 

La compensación de acuerdo a esta tabla es pagada basada en el porcentaje de la pérdida del uso de cada parte del cuerpo multiplicada por el 60% del promedio del empleado del sueldo semanal.

Adicionalmente, los empleados tienen el derecho de compensación por desfiguración (cicatrizes), el ser expuesto a sustancias químicas, muerte, perdida permanente del sueldo o incapacidad total permanente.

Si usted no puede resumir sus actividades laborales que regularmente ejercía, usted puede tener el derecho a una rehabilitacion vocacional bajo la Comisión Industrial de Illinois al costo del empleador.

No se le requiere al empleador hacer una oferta para un acuerdo hacia usted y frequentemente no se hará la oferta sin la intervención de un abogado. Llámenos sin costo al (866) 891-9211.

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